ANDEMAR Catalunya ha venido informándole de las vicisitudes que se van produciendo con respecto a las impugnaciones de la tasa de juego correspondiente al 4º trimestre de 2020 y, si fuese su caso, parte del 3er. Trimestre de 2020 (comarca del Segrià) como consecuencia de las medidas y restricciones COVID adoptadas respecto de la actividad de hostelería y de los establecimientos de juego.
Como última novedad sobre este asunto, informan que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Cataluña, está suspendiendo sistemáticamente la tramitación de los recursos interpuestos por la Generalitat contra las resoluciones estimatorias del TEARC hasta que recaiga sentencia firme en los recursos de casación admitidos a trámite por la Sala 3ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
El asunto ha llegado al Tribunal Supremo a través de los recursos de casación interpuestos por algunas empresas operadoras de Castilla y León que vieron desestimadas sus impugnaciones de la tasa de juego durante los cierres y restricciones del COVID.
Sobre este mismo asunto, también informan que, según se desprende de sus últimas resoluciones, el TEAR de Cataluña ha matizado su anterior criterio y ahora aprecia que, únicamente ha de ser objeto de devolución el importe proporcional de la tasa de juego correspondiente al periodo de tiempo en el que los establecimientos estuvieron cerrados y prohibida la actividad del juego.
"Le reiteramos que aquellas empresas operadoras que todavía no hayan formulado la rectificación de las autoliquidaciones de la tasa de juego y la consiguiente solicitud de devolución por ingresos indebidos, correspondientes a los periodos de tiempo indicados en el primer apartado de esta circular, pueden hacerlo durante el plazo de 4 años. Quedamos a su disposición para cualquier aclaración que precise sobre este asunto", señalan desde ANDEMAR-Catalunya.